Responsabilidad de los locales o propietarios en Fort Lauderdale, FL
Tiene un caso de responsabilidad de locales o propietarios
Trabaje con un abogado especializado en responsabilidad en locales o propietarios en Ft Lauderdale
La responsabilidad de locales o propietarios puede ser un gran problema para cualquier propietario de bienes raíces. Estas instancias a menudo requieren un amplio conocimiento de la ley y un resultado favorable generalmente requerirá un abogado que haya experimentado muchos casos similares en el pasado. Afortunadamente, la abogada Gabriela C. Novo, abogada de responsabilidad de locales o propietarios, se ha ocupado de muchos casos de responsabilidad de locales o propietarios y posee la experiencia para sacar lo mejor de su situación.
Como propietario de bienes raíces, es importante informarse sobre los detalles relacionados con la responsabilidad de los locales o propietarios, antes de que ocurra un incidente, y consultar con un abogado especialista en los locales o propietarios responsabilidad de las instalaciones del Condado de Broward si surge algún problema.
En términos simples, la responsabilidad de los locales o propietarios corresponde a un propietario que es responsable de ciertos daños que puedan ocurrir en bienes raíces. Por extensión, la ley de responsabilidad de los locales es el cuerpo legal que hace que la persona que está en posesión de bienes raíces o locales sea responsable de ciertas lesiones sufridas por personas que están presentes en estos lugares.
Estas situaciones pueden abarcar desde “lesiones causadas por una variedad de condiciones peligrosas, como excavaciones abiertas, pavimento irregular, agua estancada, bordillos que se desmoronan, pisos mojados, nieve no despejada, caminatas con hielo, objetos que caen, seguridad inadecuada, iluminación insuficiente, agujeros ocultos, incorrectamente esteras aseguradas, o defectos en sillas o bancos “. Para asignar responsabilidad de locales: 1.) El acusado debe poseer el terreno, bienes raíces, o un “local”.2.) El demandante debe ser un invitado o, en ciertos casos, un licenciatario. Tradicionalmente, los intrusos no estaban protegidos por la ley de responsabilidad de locales. Sin embargo, en 1968, la Corte Suprema de California emitió una opinión influyente, Rowland v. Christian, 69 Cal.2d 108 (1968), que abolió la importancia de las distinciones legales, como invitado, licenciatario o intruso, para determinar si se puede responsabilizar al poseedor de un local por daños. Esta opinión dio lugar a cambios en la ley en muchos otros estados de los Estados Unidos, y se considera una opinión fundamental en el desarrollo de la ley de responsabilidad de los locales.3.) Debe haber negligencia, una violación del deber de cuidado, o algún otro acto ilícito. En los últimos años, la ley de responsabilidad de los locales ha evolucionado para incluir casos en los que una persona resulta lesionada en los locales de otra por el hecho ilícito de una tercera persona, como un asalto. Estos casos a veces se denominan casos de “responsabilidad de las premisas de terceros partidos” y representan un área altamente compleja y dinámica sobre el derecho de daños. Plantean cuestiones legales especialmente complejas de deber y causalidad porque la parte lesionada que está tratando de responsabilizar directa o indirectamente a un poseedor o propietario de una propiedad cuando el acto inmediato que produjo la lesión no fue, posiblemente, causado por el propietario.En el derecho consuetudinario, en el caso de los propietarios de terrenos, el alcance de su deber de cuidado para aquellos que acudían a sus instalaciones varía según si una persona estaba clasificada como intruso, licenciado o invitado. Esta regla fue finalmente abolida en algunas jurisdicciones de derecho común. Si le preocupan los asuntos relacionados con la responsabilidad de los locales o propietarios, o si está tratando de hacer una demanda, le conviene ponerse en contacto con la abogada de responsabilidad de los locales o propietarios de Ft Lauderdale, Gabriela C. Novo. Con una amplia experiencia en materia de derecho de responsabilidad de locales y otras áreas de lesiones personales, así como la defensa penal, le ayudaremos a trabajar para encontrar la mejor solución posible. CONTÁCTENOSSi desea hablar con la abogada de responsabilidad de locales o propietario civil de Ft Lauderdale Gabriela C. Novo, llame al (954) 523-4100 o complete el formulario a continuación para programar una consulta gratuita.